Una mañana alegre en el
decanato, en esta ocasión fue la parroquia del Santo Cura de Ars, Chipiacul,
Patzún fue quien nos recibió afectuosamente, con una deliciosa refacción. Luego
tuvimos la presencia del Licenciado y Canciller de la Diócesis el Padre Regino
Magtzul, que nos habló y aclaró las cuestiones matrimoniales desde el punto
canónico.
Se trató algunos temas,
por ejemplo:
C. 1096 § 1 Para que pueda
haber consentimiento matrimonial, es necesario que los contrayentes no ignoren
al menos que el matrimonio es un consorcio permanente entre un varón y una
mujer, ordenado a la procreación de la prole mediante una cierta cooperación sexual.
C. 1097 § 1 El error
acerca de la persona hace inválido el matrimonio.
C. 1097 § 2 EL error
acerca de una cualidad de la persona, aunque sea causa del contrato, no dirime
el matrimonio, a no ser que se pretenda esta cualidad directa y principalmente.
C. 1102 § 1 No puede
contraer válidamente matrimonio bajo condición de futuro.
Leyendo el Evangelio del día |
p. Regino |
En el almuerzo |
Agradecemos al padre
Regino por su tiempo y su presencia en nuestro decanato.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Si te gustó el artículo, déjame tu comentario.