martes, 4 de marzo de 2014

LOS PECADOS SOCIALES QUE MUCHAS VECES NO LAS CONFESAMOS


Ya estamos a un solo día para dar paso a la Cuaresma, y es muy importante que nos acerquemos al Sacramento del perdón, al lugar donde Dios nos devuelve la vida. Pero para confesarnos bien debemos conocer de cuales debemos de excusarnos, por eso hablaremos el día de hoy sobre los pecados sociales.

El Papa Juan pablo II, hizo la siguiente definición de Pecado social en la exhortación apostólica Reconciliación y penitencia de 1984: Es social todo pecado cometido contra los derechos de la persona humana, comenzando por el derecho a la vida, o contra la integridad física de alguno (…) La Iglesia… sabe y proclama que estos casos de pecado social son el fruto, la acumulación y la concentración de muchos pecados personales.

¿Peca toda la sociedad, o pecan sólo los individuos? Este problema se resuelve si pensamos en los pecados sociales como la acumulación de muchos pecados individuales que generan problemas que trascienden lo individual.

Se trata de pecados muy personales de quien engendra, favorece o explota la iniquidad; de quien, pudiendo hacer algo por evitar, eliminar, o, al menos, limitar determinados males sociales, omite el hacerlo por pereza, miedo y encubrimiento, por complicidad solapada o por indiferencia; … y también de quien pretende eludir la fatiga y el sacrificio, alegando supuestas razones de orden superior. Por lo tanto, las verdaderas responsabilidades son de las personas.” Sin embargo, éstas se ven reflejadas en el ámbito social.

El máximo jerarca de la iglesia del último milenio planteó en su enseñanza respecto del “pecado social” y que sólo lo aplicó a estructuras políticas, económicas o sociales de nuestra convulsionada y materializada sociedad. De estos tipos de pecados no se salva nadie, pues ya sea por acción o por omisión hemos sido participes de los mismos, lo cual quiere decir que ninguno de manera atrevida se atreve a lanzar la primera piedra.


En la Encíclica Reconciliación y Penitencia nos sigue diciendo, que algunos pecados, en particular, constituyen por su objeto mismo, una agresión directa al prójimo. Estos pecados se califican como pecados sociales. “Así se considera como social todo pecado cometido contra la justicia en las relaciones entre persona y persona, entre la persona y la comunidad, y entre la comunidad y la persona.

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